Trabajo en Red

 

Programa Empalme

  • Las empresas contratan beneficiarios de programas sociales y reducen así su costo laboral en la contratación de estas personas dado que el subsidio que estas tenían se toma a cuenta de su remuneración.
  • El Ministerio aporta durante dos años el monto del subsidio que percibían los beneficiarios como ayuda económica y el empleador completa lo que falta para alcanzar el sueldo del convenio colectivo de la actividad.
  • Si la relación laboral termina antes de los dos años el trabajador puede volver al programa en el que estaba.
  • Para las empresas con múltiples locales se cuentan los trabajadores que emplean en todo el país, no en cada sucursal.
  • Las empresas creadas a partir del 31 de diciembre de 2016 pueden contratar hasta un 10% de trabajadores de estos programas.
  • Los interesados que actualmente participan como beneficiarios de programas del MTEySS pueden registrarse en las Oficinas (OE) de Empleo, en tanto que los beneficiarios de programas del MDS pueden registrarse en los Centros de Atención Local (CAL), para ser citados prioritariamente por pedido de las empresas y recibir un certificado para presentar en ellas.
  • Las empresas interesadas en contratar personas dentro de este Programa deben registrarse en las Oficina de Empleo del Ministerio de Trabajo y Producción de Nación o informarse en los CAL.

 

 

Incentivos para la incorporación de trabajadores en Empresas

Es un proceso de aprendizaje práctico en un puesto de trabajo, tendiente a mejorar las competencias y habilidades de los trabajadores/as desocupados/as para promover su inserción laboral, brindando a las empresas la posibilidad de formarlos de acuerdo a sus requerimientos.

 

Programa de fomento del empleo

  • Micro, pequeñas, medianas o grandes empresas inscriptas en AFIP y que no hayan realizado despidos masivos en los últimos 6 meses.
  • Las empresas no deben figurar en el REPSAL (Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales).

 

Participantes

  • Beneficiarios de programas del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

 

Jornada y duración de las acciones de Entrenamiento para el trabajo

  • Las acciones podrán tener una carga horaria de hasta 20 horas semanales.
  • Lunes a viernes en la franja horaria de 05:00 a 22:00 Hs.
  • Hasta 6 meses.

 

Responsabilidades de la empresa

  • Designar un tutor/a cada 10 participantes.
  • Entregar un certificado a los participantes luego de concluido el proyecto.
  • Garantizar una cobertura de accidentes personales y de salud para los/as participantes.
  • Firmar un Acuerdo de Entrenamiento con los/as participantes.
  • Según su tamaño, abonar a los aprendices el monto que corresponda.
  • Brindar la infraestructura, equipamiento, insumos, herramientas y ropa de trabajo necesarios para el desarrollo de las actividades.


CEPBA


Contacto:

Martín Escalante

mescalante@cepba.com

TEL: (0221) 445-0352